En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA, intentaran los ciudadanos SYLVIA MARIA FONT FERNANDEZ, VIVIANNE DE LOURDES FONT FERNANDEZ, JORGE IGNACIO FONT FERNANDEZ y ALEJANDRO ANTONIO FONT FERNANDEZ, contra las ciudadanas MARÍA ALEXANDRA RIVERO PEÑA y NELLY BEATRIZ PEÑA DE FONT, contenido en el expediente N° 25.037, de la nomenclatura particular de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
La condenatoria de perención no determina condena en costas por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25.....