Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ANULAN las actuaciones subsiguientes a la consignación efectuada por el Alguacil de este Juzgado en fecha 21 de julio de 2014, solo en lo respecta a la citación del ciudadano CARLOS RAFAEL SEBASTIANI DELGADO.
SEGUNDO: Se REPONE la presente causa al estado de que se practique la citación por Carteles del no presente en la República ciudadano CARLOS RAFAEL SEBASTIANI DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.041.846, de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civ.....