Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda que por ACCIÓN MERODECLARATIVA, incoara el ciudadano GABRIEL ANTONIO BARRETO FERNÁNDEZ, contra la ciudadana LIVIA DEL VALLE MAESTRE URDANETA, todos anteriormente identificados.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los siete (07) días del mes de Julio del año Dos Mil Quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.