Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de apelación ejercido por la abogada GILSA GIL, en su carácter de apoderado judicial de ciudadano JOSÉ GONZALO PEREZ. ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, publíquese, y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los cinco (5) días del mes de Marzo del año Dos Mil Doce (2012). Años 200º de la Independencia y 153º de la Federación.