DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos: ROSALIS JOSE SILVA RIVERO, y JORGE LUIS GONZALEZ RAMOS, , en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA.-
Publíquese, Regístrese la presente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción, a los veintinueve (29) días del mes de Julio del año 2003. Años 193º de la Independencia y 144º de la Federación.
La Juez Unipersonal Nro. 01 Temporal