Por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la demanda de Divorcio basada en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil Venezolano vigente, intentada por la Ciudadana MAURIS JOSEFINA LOPEZ LEON, en contra del ciudadano CRUZ MANUEL SALAZAR, identificados en actas anteriores.
b) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante la Junta Comunal del Municipio García del Estado Nueva Esparta en fecha 11 de Julio del año 1.981, como consta en la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 41, expedida por la mencionada autoridad.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juez Unipersonal Nº 2 Provisorio, de la Sala de Juicio Única del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en Ciudad de La Asunción, a los veinticinco (25) días de.....