por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FRANKLIN JOSE ESPINOZA LUNA y ENEIDA DEL VALLE NORIEGA GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad No. V-12.505.999 y V-11.852.995 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 19-12-1995 por ante la Prefectura del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Salan de Juicio Única del Tribunal de Protección del
Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, En la Asunción, a los Diecisiete (17) días del mes de Marzo del 2008.- Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
Jueza Unipersonal Nº 1 (SE)
Abg. Eudy Díaz Díaz
La Secretaria
En la misma fecha,.....