Adecuada convivencia en la familia y en la sociedad. Así mismo revisado el asunto se ha constatado que el ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, no ha iniciado el cumplimiento de la sanción impuesta, manifestando a este Tribunal los motivos de su incumplimiento así como el compromiso de iniciar el cumplimiento de la misma y visto que la sentencia impuso dos (02) años de Libertad Asistida, y el auto de ejecución que corre inserto a los folios 140 y 141 impuso que la misma se cumpliera por ante la Fundación de Desarrollo y Acción Social FUNDESA, y dado que la misma actualmente no se encuentra prestando sus servicios, se ordena Modificar el lugar de cumplimiento para que sea en el Centro de Atención Comunitaria Nueva Esparta, ubicado en la Ciudad de Porlamar, dependiente del IAMENE, quienes deberán proporcionarles la orientación, al adolescente y remitir cada tres (03) Meses el Informe de Evolución del adolescente y en el caso de que el adolescente no compareciere deberán informarle a este Tribun.....