Decretar el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a los fines de que el Ministerio Público continúe la investigación llegando a fijar todos los elementos necesarios a la determinación de la verdad de los hechos. ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación fiscal dada al delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, este Tribunal comparte el criterio, a pesar de que en las actas consignadas no consta la incautación de las armas señaladas por las víctimas Frank Marcano y Agusnery Marín, como lo fueron una navaja y un arma de fabricación casera, denominada chopo, su existencia aparece confirmada por las victimas así como por el adolescente por lo que acoge tal precalificación. Apartándose así, quien aquí decide de la calificación jurídica dada al delito por la Defensa Publica Penal N° 02. ASI SE DECIDE. TERCERO: En relación a las Medida.....