Este Tribunal en funciones de Control N° 02, de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño y del Adolescente, ordena el enjuiciamiento del acusado (ADOLESCENTE IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA), identificado en autos, y acuerda: hacer los siguientes pronunciamientos:, PRIMERO: Se ordena la corrección .. SEGUNDO: Admitir totalmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Publico, contra el Ciudadano Adolescente (ADOLESCENTE IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA), identificado en autos, Por los siguientes hechos: siendo aproximadamente las 6:30 horas de la tarde, del día 24 de Septiembre del año 2005, el adolescente (ADOLESCENTE IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA), a la altura de la calle Bolívar de la Urbanización Ali Primera del Sector el Piache, Porlamar Municipio.....