Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control 2 de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Se acuerda con lugar lo solicitado por el Ministerio Público, y ordena: PRIMERO: Se acuerda procedente decretar que se continúe la investigación por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se acuerda la precalificación jurídica dada del delito de de VIOLENCIA FISICA previsto en el articulo 41 y VIOLENCIA Y PSICOLOGICA previsto en el artículo 34 ambos de la LEY Orgánica Sobre El Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia., y sancionado en la Ley Orgánica de Niños Niñas y Adolescentes; TERCERO: se acuerda imponer las MEDIDAS de protección previsto en el .....