Este Tribunal en uso de sus atribuciones legales, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: el Enjuiciamiento del adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA por los siguientes: Hechos: Siendo aproximadamente a las 6.60 horas de la tarde del día 17 de agosto del año 20006, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA en compañía de otras personas que no pudo ser identificada en virtud que logro escapar del lugar, en la avenida 4 de Mayo, cerca del Hospital Luis Ortega de Porlamar, abordaron al ciudadano WOLFANG RODRIGUEZ AGUILERA y utilizando un facsímile de arma de fuego , lo despojaron de una cadena que llevaba en el cuello , siendo detenido solamente el adolescente imputado en virtud de la acción desplegada por los funcionarios adscritos a la Brigada Motorizada de la Policía del Estado Nueva Esparta quienes incautaron en poder del adolescente el facsímile utilizando para la ejecución del hecho, mas.....