MEDIDA CAUTELAR DE COMPARECENCIA A JUICIO: Se revoca la medida cautelar de Privación Preventiva Judicial de Libertad impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el articulo 545 de la Ley Orgánica De Protección A Niños, Niñas Y Adolescentes, a los fines de asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar, contenida en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la contenida en el artículo 581 Ejusdem, consistente en Privación de Libertad a los fines de asegurar su comparecencia a la Audiencia de Juicio. Líbrese las boletas de detención y oficios correspondientes.
INTIMACION A LAS PARTES: De conformidad con lo dispuesto en el literal h del artículo 579 "EJUSDEM", se insta a las partes para que en el plazo común de cinco días hábiles, contados a partir de la remisión de las presentes actuaciones, concurran al Tribunal de Juicio de esta Sección de Adolescentes, para presentar los alegatos de defensa.
REMISION DE ACTUACI.....