EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En cuanto a la calificación del Procedimiento, este Tribunal vistas las circunstancias del hecho y el modo de aprehensión, así como visto lo solicitado por la Fiscalía del Ministerio Público, donde los adolescentes imputados fueron aprehendidos a poco de haberse cometido el hecho, acaecido en la calle el Colegio frente al centro Comercial Macro, aproximadamente a las 5 horas de la tarde, y fueron aprehendidos en la Calle Las Flores hacia la Guilarte, incautándole a uno de los ciudadanos detenidos, mayor de edad un bolso tipo koala contentivo de un celular y una cadena de metal amarillo, por lo cual considera que es un procedimiento flagrante; por ello se acuerda decretar el PROCEDIMIENTO EN FLAFRANCIA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se acuerda remitir el presente proc.....