En virtud de las consideraciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONMUTA el resto de la pena de Prisión a la que fue condenado el ciudadano ROQUE LUIS INDRIAGO, , venezolano, titular de la cedula de identidad V-11.143.319, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 17 de Noviembre de 1.969, actualmente residenciado en calle el Arenal, casa sin numero, de ladrillos rojos sin frisar, al lado de una gallera, El Espinal, Municipio Díaz Estado Nueva Esparta; por la pena de CONFINAMIENTO, por lo que deberá permanecer en el Municipio donde quedará confinado en la siguiente dirección: Municipio Rivero, Parroquia Cariaco, caserío La Esmeralda, calle La marina, casa sin numero, Estado Sucre, lo que le resta de la pena por cumplir, es decir , SIETE (7) MESE.....