HOMOLOGA EL ACUERDO REPARATORIO A PLAZOS, entre los acusados JEAN CARLOS JOSÉ MILLÁN MARÍN, JOSÉ VICENTE JIMÉNEZ, DIOSCAR JOSÉ BOLÍVAR y SPARTACO STAINEING MUNDARRIETA GONZÁLEZ, por la cantidad de SEIS CIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (BS. 640.000,oo) de los cuales se ha cancelado en la audiencia la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,oo) comprometiéndose los acusados a pagar el resto en un plazo que no podrá exceder de tres meses, los cuales vencerán el 8 DE MARZO DE 2006, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 ordinales 3° y 4° del Código Penal. SE ORDENA LA LIBERTAD DE LOS ACUSADOS.