Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Juicio N°. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECLARA NO CULPABLES Y ABSUELVE a los ciudadanos FRANK OLIVER RAMIREZ RIVAS Y JOSE GUILARTE RAMOS, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal Encontrándose los acusados privados de libertad en virtud de la medida cautelar dictada por el Tribunal de Control No.2, se ordena el cese de toda medida cautelar dictada sobre los mismos, y en consecuencia su LIBERTAD PLENA.
SEGUNDO: Este tribunal no condena en costas conforme a lo dispuesto en el artículo 254 de la carta magna, y considerando que el representante del Ministerio Público ha actuado de buena fe en este proceso penal, conforme a su deber de funcionario, representante del Estado.
Se ordena remitir el asunto original al Archivo Judicial e.....