En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE LA REVISIÓN DE MEDIDA interpuesta por la Defensora Pública Abg. Yanette Figueroa Adrián, defensora del ciudadano JOSÉ GREGORIO FUENTES, titular de la cedula de identidad Nº 20.536.537, ampliamente identificado en autos, y quien se encuentra presuntamente implicado en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, según precalificación jurídica establecida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico, y en consecuencia se MANTIENE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, CON TODOS SUS EFECTOS, a tenor de lo dispuesto en los artículos 243 primer aparte, 250, 251 ordinales 2°, 3°, Parágrafo Primero y ordinal 2° del artículo 252 todos.....