Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Admitida como ha sido la acusación, oídas como han sido las partes, así como la manifestación del acusado de autos JULIAN JOSE SALAZAR REYES y como quiera que están llenos los extremos contenidos en los artículos 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, habiendo sido oída la conformidad de la Representación del Ministerio Público; lo cual hace procedente la petición de la defensa y del acusado de marras, este Tribunal así la acoge y en consecuencia, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso a favor de los ciudadanos JULIAN JOSE SALAZAR REYES, venezolano, natural de Cariaco, Estado Sucre, nacido en fecha 30-11-1981, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Distribuid.....