Visto que efectivamente el ciudadano ha sido presentado de conformidad con el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y en atención a lo previsto en el articulo 44 ordinal 1ª de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, este Tribunal también observa que el ciudadano MICHAEL DOSOUDIL , ha sido presentado respetando al norma constitucional en cuanto a su detención se refiere ya que de las actas este ciudadano APARECE EL CIUDADANO REQUERIDO, solicitado por Notificación Roja Nº A-5220/9-2013 de fecha 05 septiembre del Año 2013, publicada por la secretaría general de INTERPOL a solicitud de la oficina Central Nacional de Praga (República Checa) por el delito de Violación, quien presenta orden de aprehensión Nº 20T 157-2004 expedida el 4 de septiembre de 2013 por las autoridades judiciales de dicha República. En consecuencia, respetando las normas de ley adjetiva penal y siendo que la competencia para conocer del presente asunto corresponde al Alto Tribunal ante.....