Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: DAR POR TERMINADA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN decretada a la ciudadana LILISBET ELINA SOTO GONZALEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V.13.773.172, de estado civil soltera, de 37 años de edad, nacida en fecha 13-02-1976, residenciada en el la Urbanización Villa Rosa, Sector 1, Calle 05, Vereda 16, casa No. 33, Municipio García de este estado. Todo conforme con lo establecido en el artículo 42, en su primer aparte, de la Ley de Protección de Víctimas, testigos y demás sujetos procesales.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a la Fiscalía Superior, a la víctima. Líbrese oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Nueva Esparta (IAPOLENE) la presente decisión. Cúmplase.-