Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO Declara culpable al ciudadano GILMIRO JOSE RIVERO MONTAÑO, plenamente identificado en autos, de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Pena y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal. SEGUNDO: Se CONDENA a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISION, más las accesorias de Ley.
Regístrese, publíquese y diarícese y déjese copia de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circ.....