IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por la abogada MARIA GABRIELA FERNANDEZ SANCHEZ, en su carácter de apoderada judicial de las sociedades mercantiles DESARROLLOS TURISTICOS AAA C.A. y BANDOLERA STORE C.A. en contra del auto dictado en fecha 31.05.2016 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha 31.05.2016 en lo que respecta a la negativa de escuchar el recurso de apelación ejercido en contra del auto emitido el 16.05.2016 por el Juzgado de la causa por los motivos antes esbozados, y SE ORDENA al .....