DECISIÓN
.Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los abogados JOSE LUIS GARCIA SOSA, en su carácter de Defensor Público, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Nueva Esparta, de las ciudadanas LORENNYS DEL VALLE VILLARROEL CORTEZ, CARMEN MARILUZ COA GARCÍA, Ut Supra identificadas, mediante la cual se le mantuvo la MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD; al haberse demostrado cumplido los requisitos establecidos en los artículos 250, y 251 (actualmente artículos 236 y 237) del Código Orgánico Procesal Penal, y JEAN CARLOS QUINTERO DOMÉNECH, en su carácter de Defensor de los ciudadanos ZULAY STELLA MONTILLA FLORES Y GUSTAVO CELESTINO ACUÑA HERNÁNDEZ, Ut Supra identificadas en la cual se le decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUT.....