Por las derivaciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARÍA BOLAÑOS, Defensora Pública Décima Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en su condición de Defensora de los imputados ANDRÉS EDUARDO GARCÍA PETIT, JUAN MANUEL RENGEL MARCANO y DANIEL DAVID GARCÍA PETIT, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en fecha 12 de febrero de 2010, mediante la cual se decretó Medida Judicial Sustitutiva a la Privativa de Libertad en el acto de la celebración de la audiencia de presentación de imputados; al haberse demostrado cumplido los requisitos establecidos en los artículos 250 y 256 numerales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, y no haberse evidencia.....