Por todos los fundamentos precedentes, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes Pronunciamientos:
PRIMERO: CONFIRMA LA DECISIÓN de fecha 27 de febrero del 2004, emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, la cual anula de oficio la audiencia de conciliación, los efectos y la decisión que de ella se derivaron, realizada en fecha 14 de febrero del 2003 por cuanto la misma adolece de formas esenciales como lo es la imposición de los derechos constitucionales al acusado, antes, durante ni al terminar su intervención en ella, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49.3.5 Constitucional, en relación con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, retrotrayendo el proceso a la convocación de nueva audienci.....