Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
Primero: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Dr. Roger Antonio Natera Ruiz, contra la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida contra el imputado GERMAN LUIS RINCONES MOTA, por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO (ARREBATÓN), tipificado en el artículo 458 parte in fine del Código Penal.
Segundo: CONFIRMA la decisión pronunciada por el Juzgado de Primera Instancia, en los términos arriba expuestos.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Jud.....