Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano FRANK JOSÉ BELLORÍN, debidamente asistido por la ciudadana LUCIA ELENA PEÑA QUIJADA, abogada en el libre ejercicio e inscrita en el Instituto de Prevensión Social del Abogado bajo el Nro. 118.670, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Junio de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nro. 4 de este Circuito Judicial Penal, que declaró improcedente la solicitud de entrega del vehículo MARCA: FORD; MODELO: F -150, AÑO: 1981, COLOR: ROJO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICKUP, USO PARTICULAR; PLACAS: 301-OAB.
SEGUNDO: Se exhorta al Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nro. 4 de este Circuito Judicial Penal, ordenar la apertura del procedimiento inc.....