"...Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes solicitada por los ciudadanos JOSÉ VICENTE BÉRMUDEZ ROMERO Y MARÍA LAURA ROLDÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 18.399.440 y 19.896.029, respectivamente, y en consecuencia de ello DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 15 de febrero de 2003 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Por cuanto del vínculo matrimonial se desprende que los solicitantes procrearon una hija, es deber obligatorio de este Juzgadora velar por los derechos e intereses de la niña en mención.....