En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, ESTE JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL N°03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: En virtud del informe de cumplimiento favorable presentado por parte de la Unidad Técnica al Sistema Penitenciario que riela en los Folios 82 y 84 del Presente asunto, de conformidad con el articulo 45 y 48 ordinal 7º del código orgánico procesal penal, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto a favor de los ciudadanos: FREDDY DAVID ALFONZO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad personal Nº V- 22.998.930, y ALEXIS ALFREDO RODON ESCALONA, titular de la cédula de identidad personal Nº V-20.112.482, por la comisión del delito de presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgán.....