OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre se compromete a pasarle a su hijo anteriormente identificado la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200,00) Quincenales lo que sumará un total de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales, de igual forma se le solicita al Tribunal ordene se aperture una cuenta bancaria en beneficio del niño ya identificado y se notifique a sus padres de tal solicitud. Los gastos por Médicos, medicinas, vestimenta, calzado, escuela, deportes, cultura, recreación, bono de vacaciones, será de un cincuenta por ciento (50%) entre los padres y un Bono de Navidad de Tres Mil Bolívares (Bs. 3.000,00) (Ropa y Juguete)" REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: "Será amplio respetando el padre los horarios de descanso, alimentación, educación, guardería y recreación, garantizando el padre los derechos y deberes que asisten a su hijo. Las épocas de carnaval, semana santa, vacaciones escolares y decembrinas serán concatenadamente..." En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Seg.....