este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del fallecido ciudadano JOSÉ HILARIO VELÁSQUEZ ORDAZ, a la ciudadana TRINIDAD DEL VALLE VELÁSQUEZ VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.686.592, domiciliada en la Calle Figueroa, Casa N° 4-80, La Asunción, Municipio Arismendi del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en su condición de hija del mencionado finado.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos del finado no hayan sido incluidos como tales en la pr.....