Bajo las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones como TÍTULO SUFICIENTE para asegurar la condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de el "de cujus" CESAR ARMANDO LUNAR SILVA, quien falleciera el día 06-05-2023, tal como se evidencia en el acta de defunción N° 511, Folio 11, Tomo 03, Año 2020, suscrita y certificada por el Registrador Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 19-06-2023 a sus hijos JULIO CESAR LUNAR BRITO, YELIMAR DEL CARMEN LUNAR RODRIGUEZ y ELIZABETH DEL VALLE LUNAR RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.225.839, V- 18.939.295 y V- 17.848.740, respectivamente.
Se ratifica que de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Proced.....