Por las razones antes expuestas, este Juzgador comparte los fundamentos de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, toda vez que dicha solicitud encaja y se adecua perfectamente a lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en el presente proceso que se le sigue a los ciudadanos JOSE JAVIER APONTES CHONG, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 10-09-1974, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.242.944, de profesión u Oficio Guía Turista, y residenciado en la Rincona, cerca del tanque de agua, sector la matica, Municipio Antolin del Campo, de Estado Nueva Esparta; LUIS CARLOS SEGOVIA MARIN, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 10-09-1986, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.924.185, de profesió.....