Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECLARA CULPABLE acusado ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ MACIAS, como venezolano, titular de la cedula V-12.144.361, fecha de nacimiento 15-08-1974, nacido Maracay estado Aragua, hijo de Alberto José González Cardona (V) y Zulia Socorro Macias (V), domiciliado en la Calle Vista el Mar, Residencia Amparato, anexo N° 3, sector el potrero, Pampatar, Municipio Maneiro, estado Nueva Esparta, numero telefónico 0412-3511641; por ser autor y responsable de la comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley de orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en agravio de la Ciudadana MARYAURORA FE.....