PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada BEATRIZ ELENA SALAZAR GÓMEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada EL IMPACTO, C. A., en contra de la decisión dictada en fecha 6-2-2006 por el Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE SUBARRENDAMIENTO, incoara INVERSIONES EMI, C. A., en contra de la empresa EL IMPACTO, C. A. En consecuencia, se declara resuelto el contrato de sub-arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 13 de marzo de 2001 por ante la Notaría Pública de Pampatar de este Estado, bajo el Nro.51, Tomo 13, sobre un local comercial signado con el Nro.2, ubicado en el Boulevard Guevara entre las Calles Velásquez y San Nicolás de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta y consecuencialmente, se ordena la entregar del referido inmueble a la parte actora, INVERSIONES EMI, C. A.
TERCERO:.....