En base a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
A- SE RATIFICA LA MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR dictada en fecha 01.08.2011, y ratificada en decisión de fecha 05.10.2012, en beneficio del niño "cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de LOPNNA", nacido en fecha 01.05.2008, en el Hogar Sustituto de su abuela materna, ciudadana YAJAIRA VALENZUELA MUJICA, titular de la cédula de identidad número 7.383.270, quien mantendrán la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, INCLUÍDA LA CUSTODIA Y REPRESENTACIÓN, y será responsable del cumplimiento de todos los elementos que integran esta Institución Familiar consagrados en el Artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, .....