este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MÓNICA TERESA DÍAZ CALDERÍN contra las empresas PROSEGUROS, S.A. Y UNO COOPERATIVA DE CONTINGENCIA, R.L., ambas partes plenamente identificadas. SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar a la demandante MÓNICA TERESA DÍAZ CALDERÍN la cantidad de QUINCE MIL SETECIENTOS OCHENTA BOLÍVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 15.780,49), más lo que resulte de los intereses de prestaciones sociales, mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y Regístrese la present.....