Se declara CARGA FAMILIAR de la ciudadana PAOLA ANTONIELLA CEDEÑO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.399.511, a su sobrina PAULYSROSA ANTONIELLA CEDEÑO SALAZAR, dejándose a salvo derechos de terceras personas, naturales y jurídicas, toda vez que la presente se fundamenta en el dicho de los ciudadanos promovidos como testigos, respecto de quienes se presume su buena fe, no estando la presente solicitud destinada a la imposición de obligación o carga alguna respecto de terceras personas, naturales o jurídicas, sino solo a los fines de la comprobación del hecho alegado por la solicitante; ello a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.