Por las razones y motivaciones que se han señalado precedentemente, el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en su Sala de Juicio Única y en la persona de la Juez Unipersonal N° 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente Acción de Protección planteada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta, contra la conducta asumida por el Ciudadano JOSE MANUEL VASQUEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.143.615, en consecuencia se ordena Primero: el ciudadano JOSE MANUEL VASQUEZ MARIN, debe ser evaluado y atendido por el Psicólogo más cercano a su hogar. Segundo: Debe acudir junto con la madre de sus hijos a una terapia de pareja. ASI SE DECLARA.-
Por cuanto la presente Sentencia ha sido dictada fuera de lap.....