Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana EGLISMAR SUÁREZ, contra la empresa CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL CECILIO ACOSTA, C.A, ambos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 4.846,48).-