Régimen de Convivencia Familiar: "....PRIMERO: Debido a que el padre detenta la custodia de su hijo, la madre compartirá, fines de semana, desde el viernes hasta el domingo, quien los retirara a la salida del colegio y lo retorna en el hogar paterno, durante la semana compartirá un día o dos días, quien lo llevara a sus actividades extra curriculares. Segundo: En vacaciones escolares, las dividirán en dos periodos, decembrinos el 24 y el 31 ambos padres decidirán el mismo, alternos cada año, el día del padre, madre, cumpleaños con quien corresponda, el cumpleaños del niño ambos compartirán con el. Tercero: Las partes manifestaron, que cualquier modificación y revisión lo decidirán entre ambas partes. Quedando establecido que ambos padres comunicarán a la otra cualquier situación que tenga que ver con su niño y cualquier modificación que se haga en cuanto al régimen establecido...". En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecuc.....