este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda intentada por el ciudadana DEYANIRA MERCEDES ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.053.604, contra Sociedad Mercantil UNIDAD EDUCATIVA Dr. LUIS VILLALBA VILLALBA (CENTRO DE EDUCACIÓN MATERNAL Y PREESCOLAR), por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el Nº OP02-L-2012-000586, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.