En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano LUIS RAFAEL SALAZAR GALICIA, plenamente identificado, de la comisión del delito de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal., Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, relativas a la inhabilitación política y a la sujeción a la vigilancia. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la sentencia y por cuanto las partes renunciaron en la audiencia oral al recurso de apelación, remítase la presente causa en su estado original al Juzgado de Ejecución respectivo.
Dada, firmada y se.....