PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS TENEUD FIGUERA, apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JUAN FRANCISCO RIVAS, en contra de la sentencia dictada en fecha 12.03.2004 por el Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Peninsula de Macanao de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se declara la nulidad absoluta del fallo dictado por el Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, el 12.03.2004 objeto del recurso de apelación, así como la del auto de admisión y de todas las actuaciones subsiguientes, y se repone la causa al estado de que el Juez que resulte competente se pronuncie sobre la admisión de la demanda, para lo cual se deberá regir por las normas contempladas para el procedimiento ordinario.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza especial del presente fallo.