la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESESTIMA EL RECURSO DE APELACION interpuesto por los representantes de la Defensa Privada, Abogados Antonio Rodríguez y Cruz Edgardo Velásquez, en fecha diecisiete (17) de Abril del año dos mil tres (2003), en cuanto al punto impugnado de la decisión judicial dictada por el Tribunal A Quo, referente a la solicitud de nulidad del allanamiento practicado en la residencia ubicada en la Urbanización Playa El Angel así como de las actuaciones realizadas con posterioridad al mismo, invocando a tal fin los numerales 5° y 7° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por los representantes de la Defensa Privada, Abogados Antonio Rodríguez y Cruz Edgardo Velásquez, en fecha diecisiete (17) de Abril del año dos mil tres (2003) y f.....