En consecuencia este Tribunal en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY UNICO: ACUERDA el diferimiento de la Audiencia de Juicio Oral y Privado en la presente causa para el día MARTES VEINTINUEVE (29) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008), A LAS 09:30 HORAS Y MINUTOS DE LA MAÑANA. Ofíciese. Se ordena Notificar a las partes que no comparecieron. Quedan todas las partes presentes notificadas de la decisión interlocutoria aquí dictada. Líbrese los correspondientes oficios. Siendo las 11:00 horas y minutos de la mañana se concluye la presente acta.