acuerda PRORROGAR EL LOCAL AD-HOC a favor de la ciudadana LUZ MARY FLORES CONTRERAS, por el lapso de sesenta (60) días a partir de la fecha en que se realizó el informe (10-01-2006) a los fines de salvaguardar su integridad, salud física y su derecho a la vida. Debiendo dicha penda presentar informe médico evaluativo una vez concluya el lapso de reposo domiciliario otorgado para la prórroga, de ser necesario. La dirección donde debe seguir con el reposo domiciliario es en su residencia la cual esta ubicada en: CALLE LA SABANA, CASA SIN NUMERO, URBANIZACÓN EL CARDON, SECTOR PARAGUACHÍ, MUNICIPIO ANTOLIN DEL CAMPO, ESTADO NUEVA ESPARTA, con patrullaje policial cada Quince (15) días a cargo de la base operacional Nº 07 de Inepol. Todo de conformidad con los artículos 43 y 84 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con los artículos 3º de la Declaración Universal de los Derechos humanos y 1º de la declaración Americana de los derechos y deberes del Hombre,.....