esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, a fin de brindarle la debida protección a la cual tiene derecho la precitada niña, mientras dure el presente juicio, modifica la MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN FAMILIAR dictada en beneficio de la referida niña en fecha 09-02-2011, en el sentido de que en la misma también se incluya al ciudadano ROMER JOSE CARDONA MARCANO, antes identificado, es decir, que se ejecute en el hogar de los Ciudadanos CAROLINA DEL VALLE CARDONA DE CARDONA, y ROMER JOSE CARDONA MARCANO, venezolanos, titulares de las Cédula de Identidad N: 12.920.935 y N:13.980.493 respectivamente, y domiciliados en Urb. La Blanquilla, Vereda N:19, casa N:01, Sector A, Municipio Tubores del estado Nueva Esparta de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de l.....