Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana DESIREE ANDREINA DEL VALLE MADERO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.298.305, asistido por el Abg. Juan Duque Carreño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.642, en contra el ciudadano GERALBERT LUIS BRICEÑO VARGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la de la Cédula de Identidad Nº V-18.400.809, con fundamento en las causales primera y segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, por no demostrarse las mismas.